La tarifa plana de autónomos 2026 mantiene los 80€ mensuales durante el primer año de alta, con posibilidad de prorrogarla otros 12 meses si los rendimientos quedan por debajo del Salario Mínimo Interprofesional. Es la principal ayuda al emprendimiento individual en España y supone un ahorro significativo frente a la cuota RETA ordinaria. En esta guía te explicamos requisitos, exclusiones, cómo solicitarla correctamente y qué ocurre cuando termina el periodo bonificado.
En qué consiste la tarifa plana
La tarifa plana es una reducción en la cuota de la Seguridad Social para nuevos autónomos. En lugar de pagar los 200-590€ que corresponderían según tramo de rendimientos, pagas una cuota fija de 80€ al mes durante los primeros 12 meses. Se aplica con independencia de cuánto factures o cuál sea tu rendimiento neto durante ese primer año.
¿Quién puede solicitarla?
- Autónomos que se den de alta por primera vez en el RETA
- Autónomos que no hayan estado de alta en los 2 años anteriores (3 años si ya disfrutaron antes de la tarifa plana)
- Autónomos a título individual (no societarios con algunas excepciones)
Exclusiones principales
Quedan fuera de la tarifa plana estándar los autónomos societarios (administradores y socios mayoritarios de SL), aunque existen resoluciones judiciales y recientes cambios normativos que han ampliado su acceso en determinados supuestos. Los autónomos colaboradores (familiares) tienen su propia bonificación específica.
Cómo funciona la prórroga de 12 meses adicionales
Al terminar el primer año de tarifa plana puedes prorrogarla otros 12 meses si los rendimientos netos anuales del primer ejercicio quedan por debajo del SMI anualizado (aproximadamente 15.876€ en 2026). Si cumples el requisito, mantienes los 80€/mes durante un segundo año completo, totalizando 24 meses de cuota reducida.
Ahorro económico real
Comparemos lo que paga un nuevo autónomo con tarifa plana frente a cuota ordinaria durante los primeros 2 años:
| Escenario | 12 primeros meses | 12 siguientes | Total 24 meses |
|---|---|---|---|
| Tarifa plana completa | 960€ (80€/mes) | 960€ (80€/mes) | 1.920€ |
| Sin tarifa plana (tramo 5) | 3.528€ (294€/mes) | 3.528€ (294€/mes) | 7.056€ |
| Ahorro | 2.568€ | 2.568€ | 5.136€ |
El ahorro supera los 5.000€ en 2 años, una cantidad relevante para quien inicia actividad. Puedes planificar tu negocio con la Cuota Autónomos por Ingresos y Gastos.
Cómo solicitar la tarifa plana
La solicitud se realiza al tramitar el alta como autónomo, bien presencialmente en la Tesorería de la Seguridad Social, bien online a través del portal Import@ss con certificado digital o Cl@ve. Debes indicar expresamente que deseas acogerte a la reducción.
Documentación necesaria
- DNI o NIE en vigor
- Modelo TA.0521 de alta en el RETA
- Declaración responsable de no haber estado de alta en los 2 años previos
- Declaración de rendimientos netos previstos (para asignación de tramo de regularización)
Plazos y efectos del alta
La tarifa plana se aplica desde el mismo mes del alta, siempre que esta se produzca antes del día 1 del mes siguiente al inicio real de actividad. Un alta fuera de plazo puede suponer recargos.
Preguntas frecuentes
¿Puedo compatibilizar tarifa plana con otras bonificaciones?
Existen bonificaciones adicionales para mujeres menores de 35 años, hombres menores de 30, personas con discapacidad, víctimas de violencia de género y residentes en municipios rurales de menos de 5.000 habitantes. Pueden ampliar la tarifa plana hasta un tercer año o aplicar reducciones específicas.
¿Qué pasa si supero el SMI en el primer año?
No puedes prorrogar la tarifa plana. Al terminar los 12 primeros meses pasarás automáticamente al tramo de cotización que corresponda según tus rendimientos netos. Consulta la tabla completa en cuota autónomos 2026 tabla.
¿La tarifa plana da derecho a las mismas prestaciones?
Sí, cotizas por la base mínima durante la tarifa plana, lo que genera derecho a baja por enfermedad, maternidad, paternidad y cese de actividad. La pensión futura será proporcional a lo cotizado, es decir, modesta si solo cotizas por mínimos.
¿Puedo darme de baja y volver para renovar la tarifa plana?
No es posible. La Seguridad Social exige 3 años de baja efectiva para volver a acogerse a la tarifa plana si ya la disfrutaste antes. Las altas y bajas sucesivas no resetean el contador.
Errores habituales al gestionar la tarifa plana
Los fallos más comunes son olvidar solicitar la prórroga en plazo (pierdes los 12 meses adicionales aunque cumplas requisitos), no declarar correctamente los rendimientos al final del primer año o combinarla incorrectamente con autónomo colaborador. Si tienes dudas, consulta nuestras guías de gastos deducibles y autónomo vs asalariado para planificar bien tus primeros años.
La tarifa plana es una herramienta potente para emprender con menor carga inicial. Aprovéchala al máximo planificando tus rendimientos para mantenerte por debajo del SMI durante el primer año y obtener así los 24 meses completos de cuota reducida.