Al comprar una vivienda de segunda mano, el mayor gasto después del precio no es la notaría ni la gestoría: es el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP). Lo fija cada comunidad autónoma y en 2026 va desde el 4% foral del País Vasco hasta el 13% de los tramos más altos de Cataluña y Baleares. Para una vivienda de 200.000€, la diferencia entre comunidades puede superar los 12.000€. En esta guía verás la tabla completa por CCAA, cómo funciona el valor de referencia de Catastro, un ejemplo comparado y qué otros gastos debes prever.

Qué es el ITP y quién lo paga

El ITP, en su modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas (TPO), grava la compraventa de vivienda usada entre particulares. Lo paga siempre el comprador, está cedido a las comunidades autónomas (cada una fija su tipo) y se autoliquida con el modelo 600 ante la hacienda autonómica donde radica el inmueble, en un plazo general de 30 días hábiles desde la firma de la escritura (el plazo exacto varía por CCAA).

Atención: sin el justificante de pago del ITP, el Registro de la Propiedad no inscribirá la compraventa a tu nombre. Presentarlo fuera de plazo conlleva recargos y, en su caso, intereses de demora.

Tabla del ITP por comunidades autónomas en 2026

Estos son los tipos generales para vivienda usada (sin bonificaciones de jóvenes, familia numerosa o VPO). En Cataluña, Baleares, Aragón, Asturias, Extremadura y Castilla y León el impuesto se aplica por escalas de tramos: cada tipo grava solo la porción del precio dentro de su tramo, como en el IRPF.

Comunidad AutónomaTipo general 2026Detalle
Andalucía7%Tipo único
Aragón8% – 10%Por tramos: 8% hasta 400.000; 8,5% hasta 450.000; 9% hasta 500.000; 9,5% hasta 750.000; 10% el resto
Asturias8% – 10%Por tramos: 8% hasta 300.000; 9% hasta 500.000; 10% el resto
Canarias6,5%Tipo único
Cantabria9%Tipo general; la vivienda habitual de hasta 300.000€ tributa al 7%
Castilla-La Mancha9%Tipo único
Castilla y León8% – 10%8% hasta 250.000; 10% solo sobre el exceso
Cataluña10% – 13%Por tramos (desde el 27/06/2025): 10% hasta 600.000; 11% hasta 900.000; 12% hasta 1.500.000; 13% el resto
Comunidad Valenciana9%Desde el 01/06/2026 (antes 10%); tipo incrementado del 11% para inmuebles de más de 1.000.000€
Extremadura8% – 11%Por tramos: 8% hasta 360.000; 10% hasta 600.000; 11% el resto
Galicia8%Tipo único
Illes Balears8% – 13%Por tramos: 8% hasta 400.000; 9% hasta 600.000; 10% hasta 1.000.000; 12% hasta 2.000.000; 13% el resto
La Rioja7%Tipo único
Madrid6%Tipo único, el más bajo del régimen común junto con Navarra
Navarra (foral)6%Régimen foral propio
País Vasco (foral)4%Tipo foral para viviendas (7% otros inmuebles; 2,5% reducido para jóvenes, familia numerosa o superficie reducida)
Región de Murcia8%Tipo único

En las escalas de tramos el efecto es suave: una vivienda de 700.000€ en Cataluña paga 60.000€ por los primeros 600.000 (10%) más 11.000€ por los 100.000 restantes (11%): 71.000€ en total, un tipo efectivo del 10,14% y no del 11%. La Calculadora de ITP aplica estas escalas de forma automática y te desglosa cada tramo.

El valor de referencia de Catastro: la base mínima desde 2022

Desde el 1 de enero de 2022, la base imponible del ITP no es simplemente el precio que pagas: es el valor de referencia de Catastro cuando este resulta superior al precio escriturado. El Catastro publica cada año este valor para la mayoría de inmuebles urbanos a partir de las compraventas reales de cada zona. Si compras por 180.000€ pero el valor de referencia es 200.000€, tributas por 200.000€; en sentido contrario, si pagas más que el valor de referencia, tributas por el precio pagado. La regla siempre toma el mayor de los dos.

Consejo: consulta el valor de referencia en la Sede Electrónica del Catastro (es gratis, con el DNI o la referencia catastral) ANTES de hacer la oferta. Puede subir la factura fiscal aunque negocies un buen precio. Si no estás de acuerdo, puedes impugnarlo, pero primero hay que liquidar el impuesto.

Ejemplo: 200.000€ en Madrid frente a la Comunidad Valenciana

El mismo piso de 200.000€ de base imponible paga un ITP muy distinto según dónde esté:

ComunidadTipo generalITP a pagar
Madrid6%12.000€
Comunidad Valenciana9%18.000€

Son 6.000€ de diferencia por una compra idéntica. Y si la comparación fuera con el País Vasco (4%, 8.000€) o con Cataluña (10% en ese precio, 20.000€), la horquilla se ampliaría hasta los 12.000€. Por eso el ITP debe entrar en tus cuentas desde el primer momento: calcula cuánto piso puedes pagar de verdad, impuestos incluidos, con la Calculadora de Capacidad de Compra o repasa nuestra guía sobre cuánta vivienda te puedes permitir.

Bonificaciones habituales: jóvenes, familia numerosa y VPO

Casi todas las comunidades complementan su tipo general con tipos reducidos para colectivos concretos: jóvenes que compran su primera vivienda habitual (con límites de edad de 35, 36 o 40 años según la CCAA, y a menudo de precio o de renta), familias numerosas, personas con discapacidad, víctimas de violencia de género, viviendas de protección oficial y municipios en riesgo de despoblación. Las rebajas son significativas: hay supuestos al 5%, al 4%, al 3,5% e incluso tipos simbólicos en zonas rurales. Cada bonificación exige requisitos propios, así que revisa la normativa de tu hacienda autonómica antes de liquidar el modelo 600.

Obra nueva: IVA del 10% + AJD, no ITP

El ITP solo grava las segundas y posteriores transmisiones. Si compras una vivienda nueva directamente al promotor, pagarás IVA al 10% (4% en VPO de régimen especial) más el impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD), cuyo tipo fija cada comunidad, aproximadamente entre el 0,4% y el 1,5%. Nunca se pagan IVA e ITP a la vez por la misma compraventa. En la práctica, en comunidades con ITP bajo como Madrid o el País Vasco la vivienda usada soporta menos impuestos que la nueva, mientras que en Cataluña o la Comunidad Valenciana la diferencia se estrecha.

El resto de gastos de la compraventa

Además del ITP, una compraventa de vivienda usada conlleva otros gastos que conviene presupuestar (rangos orientativos para una vivienda media):

En total, entre 1.300€ y 2.200€ aproximadamente, a los que se suman, si financias la compra, la tasación y los gastos asociados a la hipoteca.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pagar el ITP con la hipoteca?

Normalmente no: los bancos financian como máximo el 80% del menor entre precio y tasación, y los impuestos y gastos salen de tus ahorros. Es la razón por la que se recomienda tener ahorrado en torno al 30% del precio.

¿Qué pasa si compro por debajo del valor de referencia?

Tributas igualmente por el valor de referencia, porque desde 2022 actúa como base mínima del impuesto. Puedes solicitar su rectificación o recurrir la liquidación aportando pruebas, como una tasación.

¿El vendedor paga algo?

El vendedor no paga ITP, pero sí la plusvalía municipal y, en su caso, el IRPF por la ganancia patrimonial obtenida en la venta.

Conclusión

El ITP es el gran impuesto de la vivienda de segunda mano: lo paga el comprador con el modelo 600 en unos 30 días hábiles, sobre el mayor entre el precio y el valor de referencia de Catastro, y su tipo varía del 4% al 13% según la comunidad y el tramo de precio. Antes de hacer una oferta, comprueba el valor de referencia, revisa si te corresponde algún tipo reducido y calcula la cifra exacta con la Calculadora de ITP por comunidades.

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