La ves en tu nomina como "base CC" (contingencias comunes). Aproximadamente: tu bruto mensual con la prorrata de pagas extra incluida.
Calcula cuanto cobras estando de baja por incapacidad temporal: enfermedad comun o accidente de trabajo, dia a dia.
La ves en tu nomina como "base CC" (contingencias comunes). Aproximadamente: tu bruto mensual con la prorrata de pagas extra incluida.
Dias 1-3: no se cobra (salvo convenio). Dias 4-15: paga la empresa. Del dia 16 en adelante: Seguridad Social o mutua.
Entiende la base reguladora y los tramos de la incapacidad temporal
Es tu base de cotizacion por contingencias comunes del mes anterior a la baja dividida entre 30. La encuentras en tu nomina como "base CC" o "base de cotizacion". Aproximadamente equivale a tu bruto mensual con la prorrata de pagas extra.
Con enfermedad comun o accidente no laboral cobras por tramos: dias 1-3: nada (salvo que tu convenio lo cubra), dias 4-20: el 60% de la BR, y del dia 21 en adelante: el 75% de la BR.
Si la baja es por accidente de trabajo o enfermedad profesional, cobras el 75% de la base reguladora desde el dia siguiente a la baja. El dia del accidente lo paga la empresa como salario completo.
Muchos convenios colectivos obligan a la empresa a complementar la prestacion hasta el 100% del salario, desde el primer dia o a partir de cierto dia. Revisa tu convenio: puede cambiar mucho lo que cobras.
Resolvemos las dudas mas comunes sobre la incapacidad temporal
La incapacidad temporal (la "baja laboral") es la prestacion que cubre la perdida de ingresos cuando no puedes trabajar por enfermedad o accidente. Esta calculadora de incapacidad temporal te dice cuanto cobras estando de baja por enfermedad o por accidente de trabajo, dia a dia y con el total de la baja, segun los porcentajes de la Ley General de la Seguridad Social (arts. 169-176 LGSS).
Todo gira en torno a la base reguladora diaria: tu base de cotizacion mensual por contingencias comunes (la "base CC" de tu nomina, aproximadamente el bruto mensual con prorrata de pagas extra) dividida entre 30. Sobre esa cifra se aplican porcentajes distintos segun el tipo de contingencia y el dia de la baja en que estes.
En la practica, aunque del dia 16 en adelante la prestacion corre a cargo de la Seguridad Social o la mutua, la empresa suele seguir adelantandola en tu nomina mediante el pago delegado y despues se la descuenta de sus cotizaciones. Por eso normalmente sigues cobrando de tu empresa aunque el dinero ya no salga de ella.
Con complemento de convenio al 100% cobrarias los 2.000 EUR integros.
Para cobrar la baja por enfermedad comun necesitas 180 dias cotizados en los ultimos 5 años. En accidente (laboral o no) y enfermedad profesional no se exige cotizacion previa.
La baja dura como maximo 365 dias, prorrogables 180 dias mas por el INSS si se preve curacion. Despues se valora la incapacidad permanente.
El tiempo de baja cuenta como cotizado para el paro, la jubilacion y futuras prestaciones. No pierdes antiguedad ni vacaciones generadas.
Los porcentajes de la LGSS son minimos legales. Muchos convenios obligan a la empresa a complementar hasta el 100% del salario, a veces desde el primer dia de baja.
Nota: Esta calculadora proporciona una estimacion orientativa basada en los porcentajes legales de la LGSS (arts. 169-176). El importe real depende de tu base de cotizacion exacta, tu convenio colectivo y la retencion de IRPF aplicable. Para informacion oficial, consulta la Seguridad Social (seg-social.es) o tu mutua colaboradora.
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